Adhesión: Resolución Claustro de graduados y Consejo directivo de la Facultad de Psicología UBA

EN DEFENSA DE LA SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

VISTO:
La grave situación de crisis que atraviesa la Salud Pública en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se profundiza progresivamente; y
CONSIDERANDO:
Que esta situación crítica afecta de manera fundamental a quienes requieren de prestaciones en Salud Mental y a los profesionales y trabajadores de la Salud.
Que en la Constitución de la CABA se explicita que, el Estado debe garantizar el derecho a la salud integral.
Que en su artículo 9 se refiere a la creación el Consejo General de Salud, de carácter consultivo, no vinculante y honorario, con representación estatal y de la comunidad.
Que en su artículo 11 se refiere al incentivo de la docencia e investigación en todas las áreas que comprendan las acciones de salud, en vinculación con las universidades.
Que estos derechos y garantías constitucionales no se corresponden con el progresivo deterioro y desmantelamiento actual de los hospitales públicos, situación que denuncia, la ausencia de políticas sanitarias tendientes a generar las acciones pertinentes para el mantenimiento y desarrollo de la salud pública.
Que la comunidad de profesionales y trabajadores de la salud pública han tomado una posición al respecto realizando diversos reclamos y denuncias a través de las diferentes agrupaciones de profesionales, técnicos y administrativos del área.
Que los mismos han manifestado su desacuerdo por:
El incumplimiento de la Ley de Salud Mental de la Ciudad de Bs. As.
El desmantelamiento de la Salud Pública.
Los presupuestos insuficientes.
Que la Ley 448 determina los lineamientos para organizar y transformar la atención de la Salud Mental de toda la población y en todos los efectores.
Que en anteriores ocasiones, este Consejo Directivo se ha expresado en este sentido.

EL CLAUSTRO DE GRADUADOS POR LA MAYORÍA PROPONE
Y EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA
RESUELVE:

Art. 1.- Ratificar el apoyo a la Ley 448 de Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 2.- Repudiar cualquier tipo de acción que impida el cumplimiento y aplicación de la mencionada ley.
Art. 3.- Rechazar todo acto de violencia verbal y/o física que impida la posibilidad de diálogo e intercambio de ideas acorde a un sistema democrático.
Art. 4.- Expresar nuestra solidaridad y compromiso con todos los graduados psicólogos, que pese a la situación expuesta, sostienen un servicio de calidad en los hospitales y centros de Salud de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 5.- De forma.

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